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ADAPTACIÓN DE AMIC MUTUALIDAD COMO ALTERNATIVA AL RÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS
El próximo 1 de enero de 2013 entrará en vigor la Disposición Adicional 46ª de la Ley 27/2011 de 21 de agosto, de actualización, adecuación y modernización de la Seguridad Social, que establece que las mutualidades, cuando actúen como alternativa al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), deben otorgar obligatoriamente unas determinadas coberturas y prestaciones mínimas.
De este modo, a partir de la fecha indicada, AMIC Mutualidad deberá cumplir con los requisitos previstos en la anterior Disposición para poder proporcionar la prestación de alternativa al RETA. Los compañeros que ejercen la actividad profesional por cuenta propia, ya sea exclusivamente o compatibilizándola por cuenta ajena, y que utilicen la Mutualidad como alternativa al RETA, estarán obligados a contratar uno de los “Planes Alternativos” que se han desarrollado para que dicha alternativa siga actuando como tal.
Esto es posible porque AMIC Mutualidad tiene reconocida por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social la capacidad para operar como mutualidad alternativa al RETA para los ingenieros industriales colegiados en España. En ese sentido nuestro colectivo continúa con la posibilidad de acogerse a este sistema alternativo, con las modificaciones expuestas, cuyas coberturas y prestaciones mejoran notablemente respecto a las ya existentes.
Para mayor información es recomendable contactar directamente con AMIC: www.amic.es.
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